contrato de mudanza

Contrato de mudanza

¿Como es el contrato de mudanza?

Hoy vamos a explicar que características tienen el contrato de mudanza y que datos deben contener así como la Ley que regula los derechos y obligaciones de las partes.

La ley que regula el contrato de mudanza entró en vigor en Febrero de 2010 y es la Ley 15/2009 en concreto se detalla en el Capitulo VIII.

En esta Ley se detalla la obligación del profesional a transportar el mobiliario y demás enseres de la vivienda o local hasta el lugar de destino incluyendo las operaciones de carga y descarga. La preparación de la mudanza ,embalaje,  desmontaje o montaje de muebles y otros servicios complementarios se pactan entre las partes.

¿ Que datos son obligatorios en el contrato de mudanza?

En primer lugar se incluyen los datos de ambas partes y a continuación se indica el lugar de recogida y de destino.

En las condiciones particulares de la mudanza se incluyen las características del inmueble, (altura, ascensor, aparcamiento, pasillos estrechos) ya que el precio depende también de la facilidades que tenga el profesional para realizar la carga y de si tiene que utilizar una polea o plataforma elevadora.

Además hay que indicar que servicios complementarios se quieren contratar (desmontaje y montaje de muebles, embalaje de los enseres, protecciones especiales instalación de electrodomésticos, etc.) o si lo haremos nosotros mismos.

Si las cajas se embalan por el cliente, la empresa de mudanzas no se hace responsable del estado final del contenido, pues no puede asegurar que tenga el material de protección adecuado.

Finalmente se desglosa el Precio por cada apartado incluyendo el coste del seguro que el transportista debe contratar para asegurar los bienes en transito. El IVA aplicado es del 21%.

¿ Es necesario un inventario?

Si lo es, el transportista puede elaborar un inventario de los muebles y enseres objeto de la mudanza y entregar una copia sellada y firmada al cliente.

También puedes hacer el inventario como cliente y solicitar el sello y firma de la empresa que va a hacer tu mudanza.

El inventario junto con la declaración de bienes cuyo valor supere los 600 € permitirá contratar un seguro ajustado al valor de los muebles y enseres.

Ejemplo de Contrato Mudanza

Os dejo un enlace de un modelo de contrato redactado por la Comunidad de Madrid que os puede servir como referencia.

Modelo Contrato de Mudanzas

Recuerda que la seguridad y la tranquilidad en tu mudanza solo te la garantizan las empresas que tienen toda la documentación, en subastademudanzas verificamos que los profesionales disponen de la documentación que les autoriza a realizar transportes de servicio público.

Publicado por Juan Antonio Romero

3 pensamientos en “Contrato de mudanza

  1. Mario

    Interesante artículo. Pienso que es importante observar detalladamente las condiciones del contrato y los servicios ofrecidos por la empresa antes de firmar nada. Saludos!!

  2. Boris

    Buenas tardes,
    existe el titulo de la ley de que «Si las cajas se embalan por el cliente, la empresa de mudanzas no se hace responsable del estado final del contenido, pues no puede asegurar que tenga el material de protección adecuado.»??? Donde lo puedo encontrar? Gracias,

    1. Juan Antonio Romero Autor

      La Ley hace referencia en el articulo 75 en el apartado a) y b), siendo la figura del cargador el propio cliente.

      Artículo 75. Presunciones de exoneración.

      1. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 48, el porteador quedará exonerado de responsabilidad cuando pruebe que la pérdida o avería de los bienes objeto de la mudanza ha podido resultar verosímilmente de alguno de los riesgos siguientes:

      a) Deficiencias en el embalaje o marcado de los bienes realizado por el cargador.

      b) La manipulación efectuada por el cargador.

      c) Carga o descarga de bienes cuya dimensión o peso no sea adecuado para los medios de transporte acordados, siempre que el porteador haya avisado al cargador del riesgo de daños y éste hubiera insistido en la ejecución de la prestación.

      d) Falsedad o incorrección de la información proporcionada por el cargador.

      e) Transporte de animales vivos o de plantas.

      f) Naturaleza propia de los bienes objeto de la mudanza.

      2. No obstante, el legitimado para reclamar podrá probar que el daño no fue causado, en todo o en parte, por ninguno de tales riesgos. Cuando resulte probado que el daño fue parcialmente causado por una circunstancia imputable al porteador, éste sólo responderá en la medida en que la misma haya contribuido a la producción del daño.

      Un saludo!

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